Las empresas, pequeñas empresas o Microempresas de 1 a 50 empleados, pueden beneficiarse del Kit Digital a tavés del denominado «bono digital» que te permite acceder a soluciones de digitalización.
Puedes ver el importe máximo que puedes obtener con el bono según tu segmento en la imagen de la derecha.
Sitio WEB y presencias en Internet
Esta sección incluye la creación de páginas web y expansión de la marca. Portales coporativos, catálogos, revistas online, o portales a medida.
Business Intelligence y Analítica
Esta sección incluye el estudio y análisis de tu tráfico para optimizar procesos y descrubrir los desarrollos a realizara mejorar la experiencia del usuarios, y así alcanzar los objetivos deseados, como aumentar ventas, conseguir más contactos, y mejorar la posición y reputación de la marca.
Ciberseguridad
Esta sección o categoría incluye acciones para la protección de tus datos, permisos, encriptación de contenidos, y creación de backups de seguridad
Comercio electrónico
Esta sección o categoría incluye la creación de páginas web de tipo E-Commerce, alta de catálogo de productos, integración con TPV, disñeño responsive y por supuesto con un posicionamiento básico en internet
Presencia en internet avanzada
Esta sección o categoría incluye acciones para Posicionamiento avanzado en interne, Análisis de palabras clave, Análisis de la competencia, SEO On-Page y SEO Off-Page
Estas empresas podrán recibir hasta un máximo de 12.000€ en ayudas que tendrán que utilizar en la digitalización de sus negocios eligiendo las soluciones digitalizadoras del Kit Digital que mejor se adapten a las necesidades de sus negocios.
Para poder acceder al Kit Digital deberán hacerlo a través de uno o varios agentes digitalizadores que podrán encontrar en la página AceleraPyme. Esto último es importante porque las empresas digitalizadoras son las que acompañarán en todo el proceso de solicitud a las empresas.
¿Qué es el Kit Digital para empresas?
¿Cuáles son los requisitos para solicitar el Kit Digital?
- Debes tener la consideración de pequeña empresa , microempresa o autónomo.
- Estar en situación de alta, estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda, y tener la antigüedad mínima que se establece en la convocatoria.
- No tener la consideración de empresa en crisis.
- No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No superar el límite de ayudas de minimis (de pequeña cuantía).
- Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme.
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Próximamente podrás acceder al catálogo de Agentes Digitalizadores.
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Próximamente podrás acceder al catálogo de Agentes Digitalizadores.